Viviendas de uso turístico en la Comunidad Valenciana: Aspectos clave a considerar

La normativa que regula las viviendas de uso turístico en la Comunidad Valenciana (CV) es compleja y ha experimentado cambios significativos con la entrada en vigor del Decreto Ley 9/2024. Si eres propietario y estás pensando en alquilar tu vivienda con fines turísticos, es fundamental que conozcas y cumplas con las obligaciones legales. Aquí te explicamos en detalle los puntos más importantes.

¿Qué es una vivienda de uso turístico según la normativa vigente?

Una vivienda de uso turístico en la Comunidad Valenciana se define como un inmueble que se alquila en su totalidad a cambio de un precio y que está disponible de forma inmediata para el arrendatario, con un periodo de alquiler inferior o igual a 10 días consecutivos. Esta limitación temporal es clave: si el alquiler supera los 10 días, el inmueble dejaría de estar regulado por la normativa turística y pasaría a estar bajo otro régimen legal.

Además, la vivienda debe contar con un informe de compatibilidad urbanística favorable, que debe ser emitido por el ayuntamiento del municipio donde se encuentre el inmueble. Este informe es esencial, ya que certifica que la propiedad es apta para uso turístico conforme al planeamiento urbano local.

Otro requisito importante es que cada vivienda turística debe tener una referencia catastral única e individualizada. Esto es indispensable para poder registrar el inmueble en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana y obtener el número de inscripción, el cual debe ser visible en cualquier publicidad del alquiler.

¿Qué sucede si alquilas por más de 10 días?

Una de las principales limitaciones de las viviendas de uso turístico es la duración del alquiler. La normativa establece que el alquiler turístico no puede exceder los 10 días consecutivos para un mismo inquilino. Si se alquila el inmueble por más de este periodo, dejará de estar considerado como vivienda de uso turístico, lo que implica que deberá someterse a otras normativas de arrendamiento.

En caso de que ya hayas registrado tu vivienda para uso turístico y desees alquilarla por más de 10 días a un mismo arrendatario, es imprescindible que comuniques esta modificación a la administración para que la vivienda no sea dada de baja en el Registro de Turismo.

Si alquilas por más de 10 días sin realizar esta notificación, estarías incumpliendo la normativa, lo que podría acarrear sanciones. Por lo tanto, cualquier cambio en el tipo de uso o en el periodo declarado debe ser informado para evitar problemas legales.

Declaración del periodo de uso turístico

Uno de los requisitos clave para registrar una vivienda como turística en la Comunidad Valenciana es declarar ante la administración el periodo durante el cual se realizará la actividad de alquiler turístico. Este paso se realiza al inscribir la vivienda, pero también es obligatorio comunicar cualquier modificación del periodo de uso declarado.

Por ejemplo, si decides destinar tu vivienda al uso turístico solo durante los meses de verano, tendrás que reflejarlo en la declaración. Durante ese periodo, no podrás realizar otro tipo de arrendamiento. Además, si en algún momento deseas modificar las fechas o el tiempo de alquiler declarado, deberás comunicarlo a través del trámite correspondiente. El incumplimiento de esta obligación puede llevar a la baja de la vivienda en el registro.

¿Qué ocurre si utilizas la vivienda para otro tipo de alquiler durante el periodo registrado?

Es vital entender que una vivienda registrada como turística solo puede ser alquilada para ese fin durante el periodo declarado. Si decides alquilar la vivienda con otro propósito (por ejemplo, arrendamiento habitual) durante las fechas en las que has registrado su uso turístico, y no comunicas este cambio a la administración, la inscripción de la vivienda en el Registro de Turismo será dada de baja automáticamente.

Este tipo de incumplimiento se considera una infracción, lo que podría dar lugar a sanciones económicas y a la pérdida de la posibilidad de volver a utilizar la vivienda con fines turísticos hasta regularizar la situación.

Para evitar este tipo de problemas, te recomendamos que, si en algún momento decides cambiar el tipo de alquiler de tu vivienda, lo comuniques a las autoridades pertinentes para realizar las modificaciones necesarias en el registro.

Requisitos para registrar una vivienda de uso turístico

Registrar una vivienda como de uso turístico en la Comunidad Valenciana requiere cumplir con una serie de requisitos legales. El primer paso es obtener un número de inscripción en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana. Este trámite debe realizarse de manera telemática y, entre otros documentos, se necesita presentar el informe de compatibilidad urbanística favorable.

El proceso de registro no solo implica la declaración de la actividad turística, sino también la presentación de información relativa al inmueble, al titular y al propietario (si no son la misma persona). Asimismo, es necesario contar con un seguro de responsabilidad civil, entre otros requisitos legales, para cubrir posibles daños a terceros que puedan ocurrir durante la estancia de los huéspedes.

Además, la normativa exige que las viviendas de uso turístico cumplan con ciertos requisitos de habitabilidad y seguridad. Por ejemplo, deben contar con una serie de servicios mínimos, como acceso a internet, un sistema de calefacción y refrigeración, y estar dotadas con un botiquín de primeros auxilios y planos de evacuación.

Duración de la inscripción en el Registro y renovación

La inscripción en el Registro de Turismo de la Comunidad Valenciana tiene una validez de cinco años. Para mantener la vigencia de la inscripción, es necesario renovarla antes de que expire dicho plazo. El proceso de renovación se debe realizar en el mes anterior a la fecha de vencimiento mediante una nueva declaración responsable.

En el caso de que no se presente la solicitud de renovación a tiempo, la vivienda será dada de baja en el registro y no podrá ser alquilada con fines turísticos hasta que se regularice la situación. En este sentido, es importante estar al tanto de las fechas de inscripción y renovación para evitar problemas administrativos.

¿Puedo alquilar la vivienda por habitaciones?

Uno de los aspectos que más suele generar dudas es si es posible alquilar una vivienda turística por habitaciones. La normativa es clara en este sentido: no está permitido. La ley prohíbe expresamente el alquiler parcial de la vivienda por habitaciones, lo que significa que el inmueble debe ser alquilado en su totalidad a un solo grupo o familia.

Cualquier intento de publicitar o comercializar la vivienda de uso turístico por habitaciones se considerará una infracción grave, que puede dar lugar a importantes sanciones económicas. Por lo tanto, si decides destinar tu propiedad al uso turístico, asegúrate de que siempre se alquile de manera íntegra.

Publicidad y hojas de reclamaciones

Otro aspecto fundamental de la normativa es la obligación de publicitar el número de registro turístico en todas las plataformas donde se ofrezca el alquiler. Esto incluye portales web, redes sociales o cualquier otro medio de promoción. El incumplimiento de esta obligación puede llevar a sanciones por parte de las autoridades.

Además, los propietarios de viviendas de uso turístico están obligados a disponer de hojas de reclamaciones para los clientes. Estas deben estar accesibles en todo momento, de conformidad con la legislación de consumidores y usuarios de la Comunidad Valenciana.

Conclusión

La normativa sobre viviendas de uso turístico en la Comunidad Valenciana es estricta y detallada. Cumplir con todos los requisitos es esencial para evitar sanciones y asegurar que la actividad se desarrolle dentro de la legalidad. Como propietario, es importante estar informado y llevar un control riguroso del uso y registro de tu vivienda turística.

Si tienes alguna pregunta sobre esta u otra normativa, no dudes en contactarnos. En Riera Consulting estamos a tu disposición para brindarte la ayuda que necesitas.

 

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